Se trata de una medida cautelar
dictada por el juez Luis Arias, por “no haberse celebrado la correspondiente
audiencia pública con anterioridad a su aprobación”.
El Juzgado en lo Contencioso
Administrativo N° 1 de La Plata, a cargo del Dr. Luis Federico Arias, dictó una
medida cautelar, mediante la cual suspende el aumento de tarifas de energía
eléctrica en la provincia de Buenos Aires, donde presta servicio las
distribuidora EDELAP, EDES SA, EDEA SA y EDEN SA.
El fallo indica que se suspende
“la aplicación de los nuevos cuadros tarifarios para la distribución del
servicio público de energía, autorizados mediante Resolución N° 22 del
Ministerio de Infraestructura y Servicios públicos de la Provincia”.
En esa línea, se “solicita se
ordene a las empresas demandadas a abstenerse de aplicar la nueva tarifa a los
usuarios del servicio público, efectuar una nueva liquidación y emitir nuevas
facturas o, para el caso en que la nueva facturación no fuera emitida antes de
los sucesivos y periódicos vencimientos, que la empresa admita el pago del
servicio según el cuadro tarifario vigente con anterioridad al incremento
establecido, sin que ello implique la alteración o interrupción del servicio”.-
El dictamen alega que la
resolución del Ministerio de Infraestructura “vulnera el principio de
participación ciudadana en los términos del art. 42 de la CN, es decir, se
traduce en una manifiesta lesión a derechos de incidencia colectiva de carácter
individual homogéneo, al cercenar la posibilidad de que los individuos que
conforman la sociedad se expresen e interpongan impugnaciones previas al
aumento tarifario del servicio público, el cual resulta superior al 100%, por
lo que los usuarios se ven forzados a pagar en forma desproporcionada una
tarifa de la que no han tenido, como ciudadanos consumidores, posibilidad de
ser escuchados, conduciendo a un perjuicio económico desproporcionado e
injustificado para todos los ciudadanos de la Provincia”

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