El Gobierno de María Eugenia
Vidal tiene listo los proyectos que enviará a la Legislatura. Se prevén ciertas
mejoras a la Ley de Ejecución Penal. Los puntos salientes de la iniciativa.
Tal como adelantó semanas atrás
la propia Gobernadora, la Provincia enviará a la Legislatura una serie de
modificaciones al Código Procesal Penal que prevén potenciar el rol de la
víctima, tanto dentro del proceso penal como en la ejecución de la pena,
dotando así, de diversas herramientas procedimentales con el fin de
garantizarle al perjudicado el pleno ejercicio de sus derechos.
El pleno goce de sus derechos, se
refiere, específicamente, a ser oído, informado del curso de la investigación,
notificado de toda decisión relevante en el proceso penal, comunicado de
cualquier disposición o medida restrictiva que se imponga al victimario, con el
consiguiente derecho a manifestar libremente su opinión y que sea tenida en
cuenta al momento de resolver por parte de los magistrados.
En este sentido, la víctima de
delitos, pasa a tener un rol preponderante en el Proceso Penal, y previo a
cualquier decisión judicial que afecte sus intereses, debe ser informada, oída
y notificada. Pero cabe destacar que ello sucederá siempre y cuando así lo
solicite, con el fin de evitar re-victimizar cuando no tenga interés en conocer
sobre el devenir del proceso.
Asimismo, se le garantizará a la
víctima, la completa información del curso del proceso, ya que parte de la
reparación integral es el derecho a una información clara del devenir judicial
de un conflicto al que fue llamada involuntariamente.
Por otra parte, se redefinirá el
concepto de víctima. A partir de las modificaciones propuestas, se integrará no
solo a aquella que sufre directamente de los efectos del delito, sino a sus
familiares directos cuando el delito haya implicado la muerte o un daño tal que
no le permita ejercer los derechos y a las organizaciones de la sociedad civil
respecto de los delitos que afecten intereses colectivos o derechos de
incidencia colectiva.
Además, se extenderá la
oportunidad para constituirse como particular damnificado hasta 30 días antes
de la fecha fijada para juicio oral. Hasta la fecha, esta situación sólo era
permitida hasta el vencimiento para oponerse a la requisitoria de elevación a
juicio.
Con la reforma de la Ley de
Ejecución, no habrá libertad condicional, libertad asistida, semi- detención, o
cualquier otro tipo de morigeración de la pena, sin que la víctima haya sido
plenamente informada y escuchada sobre el mérito de la decisión que se tome.
Todos estos derechos se
garantizan, independientemente de que la víctima tenga o no representación
legal, ya que formarán parte del propio proceso penal y la ejecución de una
eventual condena.
Según pudo saberse el
Gobierno bonaerense también está trabajando en un proyecto de ley para crear la
figura del "abogado de la víctima" como un cuerpo especial dentro del
Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires, en el que se pretende
garantizar el derecho de cualquier víctima de un delito grave a acceder a un
patrocinio jurídico gratuito provisto por el Estado de la Provincia de Buenos
Aires.
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